Una avería doméstica suele resolverse con una llamada y una visita rápida. Sin embargo, a veces el arreglo se complica por un accidente inesperado. Basta imaginar una escena bastante común, un profesional acude a reparar un problema menor, al mover una escalera o una herramienta golpea una tubería, la rompe y, en cuestión de minutos, la cocina termina inundada. En ese momento surge la pregunta inevitable, quién responde por los daños y cuál es el camino más sensato para solucionarlo.
La respuesta no depende solo del sentido común, también se apoya en un principio jurídico básico, quien causa un daño por acción u omisión, mediando culpa o negligencia, debe repararlo. En términos prácticos, si el perjuicio se produce durante la intervención del profesional, lo habitual es que la responsabilidad recaiga sobre él o sobre la entidad para la que trabaja, especialmente si el daño deriva de un descuido, de una maniobra incorrecta o de una actuación poco diligente.
El propietario de la vivienda, por regla general, no tiene por qué asumir esa carga. Ahora bien, existen matices importantes. Puede haber escenarios en los que se discuta su participación, por ejemplo si se escogió deliberadamente a alguien sin capacidad o sin conocimientos para la tarea, o si el propio dueño dirigió los trabajos y tomó decisiones técnicas que influyeron en el resultado. No es lo más frecuente, pero conviene tenerlo presente porque esos detalles pueden pesar si la reclamación se complica.
Cómo actuar para que la reclamación no se convierta en un problema mayor
Tras el incidente, lo recomendable es actuar con orden y evitar decisiones impulsivas. Lo primero es frenar el daño en la medida de lo posible, cerrar la llave de paso si se trata de agua, desconectar la electricidad si hay riesgo, y dejar constancia del estado de la vivienda. A partir de ahí, la documentación se vuelve clave, fotografías, vídeos, facturas, presupuesto previo si lo hubo, y cualquier comunicación mantenida con la persona que realizó el trabajo. No es un exceso de prudencia, es la forma de protegerse si más adelante surgen versiones distintas sobre lo ocurrido.
El segundo paso suele ser el más eficaz, reclamar de forma amistosa al responsable, solicitando que comunique el siniestro a su seguro de responsabilidad civil si lo tiene contratado, algo habitual en muchas actividades profesionales. Este punto marca la diferencia, porque una póliza de este tipo está precisamente pensada para responder cuando, en el ejercicio del oficio, se generan daños a terceros. Cuando el profesional pertenece a una red de reparadores vinculada a una aseguradora, los trámites suelen ser más ágiles, ya que existe un canal operativo y se reducen las gestiones que recaen en el cliente.
En paralelo, conviene consultar la póliza del hogar, sobre todo si los daños encajan en coberturas habituales, como daños por agua u otros supuestos contemplados. En España, la normativa del contrato de seguro fija como regla general un plazo máximo de siete días para comunicar un siniestro desde que se conoce, salvo que la póliza conceda un margen mayor. Avisar pronto no solo evita discusiones sobre plazos, también permite activar peritaciones y reparaciones antes de que el problema se extienda.
A partir de aquí suelen plantearse dos situaciones, y conviene distinguirlas porque cambian el enfoque. La primera es la más directa, solo hay daños en la vivienda del cliente. En ese escenario, si el seguro del hogar cubre el tipo de siniestro, la aseguradora puede hacerse cargo de la reparación conforme al contrato. Después, y esto es importante, puede intentar recuperar el importe frente al causante o frente al seguro de responsabilidad civil del profesional. Para el propietario, el beneficio es evidente, se reduce el tiempo de espera y se traslada el pulso económico a una fase posterior, ya gestionada entre partes especializadas.
La segunda situación aparece cuando el accidente se agrava y afecta a terceros, por ejemplo cuando el agua termina filtrándose al piso inferior. Ahí entra en juego el vecino perjudicado, que tiene derecho a reclamar el daño a quien corresponda. En la práctica, resulta útil facilitarle los datos del profesional o de su aseguradora de responsabilidad civil, si se dispone de ellos, para que pueda canalizar la reclamación. Este punto suele evitar conflictos personales en la comunidad, porque desplaza el debate desde el ámbito vecinal al procedimiento formal.
En casos complejos, cuando hay dudas sobre el origen exacto, sobre la extensión real del daño o sobre la posible concurrencia de responsabilidades, el peritaje cobra especial relevancia. Un informe técnico puede determinar si el problema nace en la actuación del reparador, si existía una instalación previa deteriorada, o si el siniestro se vio amplificado por circunstancias ajenas. Esa claridad técnica es, muchas veces, lo que permite cerrar un expediente sin tensiones y con una reparación ajustada.
En definitiva, cuando un profesional causa daños en casa, lo esencial es entender que la responsabilidad suele corresponder a quien provocó el perjuicio, mientras que el propietario, salvo supuestos concretos, no debería cargar con ese coste. Aun así, la diferencia entre un trámite rápido y un conflicto largo suele estar en los primeros pasos, documentar bien, comunicar a tiempo, y apoyarse en los canales adecuados para que la solución llegue antes que la burocracia.

