Responsabilidad Medioambiental

LEY DE RESPONSABILIDAD MEDIOAMBIENTAL

Damos abrigo con un producto específico a las contingencias contempladas a nivel de responsabilidad como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley de Responsabilidad Medioambiental «Ley 26/2007» y el Real Decreto 2090/2008 que lo desarrolla.

Nuestro producto contempla las siguientes garantías:

  • Daños al suelo
  • Daños a los hábitats y especies
  • Daños a las aguas
  • Daños a las riberas del mar y las rías
  • Gastos de prevención
  • Periodo de descubrimiento 36 meses

COBERTURAS ESPECÍFICAS DE NUESTRO PRODUCTO

GRUPO PACC da respuesta a la problemática concreta de nuestros clientes en su Responsabilidad Medioambiental, incorporando coberturas que obliga la legislación vigente, nada habituales en los productos existentes en el mercado. Nos referimos concretamente a las siguientes coberturas:

Retroactividad octubre 2007

De no haber existido reclamación con anterioridad a la contratación de la póliza y/o no haya sido descubierta tal situación de contaminación por el asegurado, nuestra póliza contempla retroactividad desde la entrada en vigor de la Ley Octubre 2007.
Esta retroactividad incluye igualmente el hecho de que la contaminación haya sido originada por los depósitos subterráneos cubiertos en póliza.

Incluimos los depósitos subterráneos

Incluimos automáticamente todos los depósitos subterráneos que cumplan los siguientes parámetros:
Depósitos de “simple capa” con pruebas de estanqueidad en los últimos 5 años
Depósitos de “doble capa” que hayan realizado pruebas de estanqueidad en los últimos 10 años o bien hayan instalado un sistema de supervisión permanente homologado «VEEDER ROOT»

Daños al propio suelo

Nuestra póliza ampara los daños al propio suelo al 100% de la suma aseguradora sin necesidad de estudio geotécnico del suelo o aguas subterráneas.

Sumas aseguradas

Nuestra oferta plantea sumas aseguradas de acuerdo a las necesidades del cliente desde 300.000 euros hasta 20.000.000 de euros.

COSTE DEL SEGURO

Nuestro planteamiento a nivel de oferta económica es muy aquilatado. Por otra parte, no hay incremento de prima por situaciones adicionales dentro del riesgo asegurado

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